Estado de la información: convocatoria abierta a fecha de revisión.
Última revisión: 21 de agosto de 2026.
Plazo oficial de solicitud: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
Estado verificado: la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid mantiene la convocatoria en plazo abierto a 21 de agosto de 2026. El Plan Rehabilita Madrid 2026 ofrece ayudas para mejorar la accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad y seguridad de edificios residenciales situados en el municipio de Madrid. La convocatoria incorpora también una línea de embellecimiento urbano vinculada a determinadas actuaciones de eficiencia energética.
El plazo para presentar solicitudes está abierto desde el 3 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026. Por tanto, las comunidades de propietarios y los propietarios de viviendas unifamiliares que estén valorando rehabilitar una fachada, cubierta, instalación o envolvente térmica todavía pueden comprobar si su actuación cumple los requisitos.
La ayuda no se concede automáticamente por realizar una obra. El edificio, el beneficiario, la actuación, la documentación técnica y la tramitación deben ajustarse a la convocatoria. Antes de contratar o iniciar trabajos es recomendable revisar el expediente con un técnico competente y comprobar el título urbanístico necesario.
¿Qué es el Plan Rehabilita Madrid 2026?
Es una convocatoria del Ayuntamiento de Madrid destinada a fomentar la rehabilitación de edificios existentes de uso residencial vivienda. En 2026 está dotada con 50 millones de euros y se organiza en diferentes líneas de actuación:
- Accesibilidad.
- Conservación.
- Eficiencia energética o Línea Verde.
- Salubridad.
- Seguridad.
- Embellecimiento urbano, como novedad vinculada a actuaciones de eficiencia energética.
Entre los ejemplos señalados por el Ayuntamiento se encuentran la instalación de ascensores y rampas, la conservación de fachadas y cubiertas, la mejora del aislamiento, la implantación de energías renovables, la sustitución de materiales con amianto y determinadas medidas de protección contra incendios.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
La convocatoria contempla, entre otros posibles beneficiarios, a:
- Comunidades y mancomunidades de propietarios.
- Agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Propietarios agrupados de edificios residenciales que reúnan las condiciones establecidas.
- Propietarios de viviendas unifamiliares.
- Comunidades energéticas que cumplan los requisitos específicos.
- Determinados propietarios únicos de edificios residenciales colectivos, sujetos a condiciones adicionales.
Las personas y entidades solicitantes deben cumplir también las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid exigidas por la convocatoria. Las comunidades de propietarios y demás personas jurídicas deben realizar la tramitación electrónicamente.
Requisitos principales de los edificios
Como punto de partida, los edificios deben cumplir estas condiciones generales:
- Estar situados dentro del término municipal de Madrid.
- Haber sido construidos antes de 1998.
- Destinar al uso residencial vivienda al menos el 70 % de la superficie construida sobre rasante, sin contar las plantas bajas o inferiores con otros usos compatibles.
- Disponer del Informe de Evaluación del Edificio, emitido y registrado en el Ayuntamiento antes de formalizar la solicitud.
Estos requisitos hacen que la convocatoria se dirija principalmente a la rehabilitación del parque residencial existente. Una vivienda situada en otro municipio de la Comunidad de Madrid —por ejemplo, Pozuelo de Alarcón, Majadahonda, Alcobendas o Las Rozas— no puede acogerse a este plan municipal, aunque podría cumplir las condiciones de otras convocatorias.
¿Qué presupuesto mínimo debe tener la actuación?
El presupuesto protegible, incluidos los honorarios y costes indirectos admitidos, debe superar:
- 3.000 euros en viviendas unifamiliares.
- 6.000 euros en edificios residenciales colectivos y viviendas unifamiliares en hilera constituidas en comunidad.
La obra debe estar amparada por el correspondiente título habilitante: declaración responsable urbanística, licencia, orden de ejecución u otro instrumento previsto en la normativa aplicable.
Pueden incluirse actuaciones:
- No iniciadas, siempre que se haya registrado la solicitud del título habilitante correspondiente.
- En ejecución durante el plazo de presentación de solicitudes.
- Terminadas desde el 1 de enero de 2026, con las condiciones y excepciones previstas en la convocatoria.
Obras que pueden encajar en el Plan Rehabilita 2026
Mejora de la eficiencia energética
La Línea Verde puede incluir actuaciones sobre la envolvente y las instalaciones del edificio, como:
- Aislamiento térmico de fachadas.
- Rehabilitación y aislamiento de cubiertas.
- Aislamiento de medianeras, patios u otros cerramientos, cuando proceda técnicamente.
- Sustitución o mejora de carpinterías y elementos de la envolvente dentro de una actuación compatible con la convocatoria.
- Mejora de instalaciones térmicas.
- Incorporación de sistemas basados en energías renovables.
- Intervenciones integrales dirigidas a reducir la demanda y el consumo energético del edificio.
No basta con que el producto instalado sea más eficiente. El ahorro exigido debe acreditarse mediante la documentación y los certificados energéticos correspondientes.
Conservación de fachadas y cubiertas
Pueden valorarse actuaciones necesarias para corregir deficiencias de conservación, por ejemplo:
- Reparación de fachadas deterioradas.
- Intervenciones en cubiertas con filtraciones o problemas constructivos.
- Reparación de elementos comunes afectados por patologías.
- Actuaciones derivadas del Informe de Evaluación del Edificio.
Accesibilidad
La convocatoria incluye medidas destinadas a mejorar el acceso y la utilización del edificio, entre ellas:
- Instalación o adaptación de ascensores.
- Construcción de rampas y eliminación de desniveles.
- Mejora de itinerarios accesibles en zonas comunes.
- Otras soluciones justificadas conforme a la convocatoria y la normativa aplicable.
Salubridad y seguridad
También pueden encajar determinadas actuaciones relacionadas con:
- Retirada o sustitución de materiales con amianto mediante empresas autorizadas.
- Corrección de problemas que afecten a la salubridad del edificio.
- Instalaciones o medidas de protección contra incendios.
- Mejora de condiciones de seguridad en elementos comunes.
Embellecimiento urbano
La convocatoria de 2026 incorpora una línea vinculada a la mejora de la imagen exterior del edificio. Puede abarcar, en los casos previstos, actuaciones como:
- Retirada o reordenación de cableado visto.
- Reubicación u ocultación de equipos de climatización en fachada.
- Ocultación de tendederos.
- Reordenación de antenas.
- Homogeneización de toldos, persianas, barandillas u otros elementos exteriores.
Cuando se cumplen las condiciones de esta línea, la subvención correspondiente a la actuación de eficiencia energética puede incrementarse en un 5 %.
Diferencia entre las zonas ZETU y ZIRE
El Plan Rehabilita distingue dos ámbitos territoriales:
- ZETU: zonas de especial transformación urbana.
- ZIRE: zonas de impulso a la rehabilitación energética, que comprenden el resto del término municipal incluido en el plan.
La localización influye en los porcentajes de ayuda y en determinados requisitos energéticos. El Ayuntamiento dispone de un geoportal para comprobar en qué ámbito se encuentra cada edificio.
En la Línea Verde:
- En zona ZETU se exige, con carácter general, una reducción mínima del 35 % de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración.
- En zona ZIRE se exige, además de esa reducción de demanda, una reducción mínima del 30 % del consumo de energía primaria no renovable.
Existen particularidades para edificios protegidos y para inmuebles en los que ya se hayan realizado determinadas mejoras energéticas. La aplicación de estas excepciones debe justificarse técnicamente.
¿Cuánto puede cubrir la ayuda?
La cuantía depende de la línea, la zona territorial, el ahorro alcanzado, las características del edificio y los límites de la convocatoria. No existe un porcentaje único aplicable a todos los proyectos.
En la Línea Verde, los porcentajes pueden situarse, según el supuesto, entre el 50 % y el 75 % del coste real comprobado, con límites habituales de 8.000 o 9.000 euros por vivienda o local en edificios residenciales colectivos de diez o más viviendas. Las actuaciones que permitan alcanzar la condición de edificio de consumo de energía casi nulo pueden llegar al 80 % en las condiciones previstas.
Como referencias adicionales:
- La Línea Accesible puede alcanzar el 75 % en ZETU y el 40 % en ZIRE, con sus respectivos límites.
- La Línea Conserva establece porcentajes diferentes según la zona y contempla particularidades para edificios protegidos.
- La Línea Salud puede alcanzar el 75 %, con el límite establecido por vivienda o local.
- La Línea Seguridad distingue igualmente entre ZETU y ZIRE.
- Las unidades familiares en situación de dificultad social pueden acceder a porcentajes superiores cuando cumplan todos los requisitos específicos.
Estos porcentajes no deben interpretarse como una estimación de concesión. La cuantía final depende del coste comprobado, los límites aplicables, la documentación admitida y la resolución administrativa.
Documentación que conviene preparar
La documentación exacta varía según el solicitante y el tipo de obra, pero normalmente será necesario revisar, entre otros elementos:
- Acuerdo válido de la comunidad de propietarios, cuando corresponda.
- Identificación y representación del solicitante.
- Informe de Evaluación del Edificio registrado.
- Proyecto, memoria técnica o documentación profesional exigible.
- Presupuesto desglosado y mediciones.
- Título habilitante urbanístico.
- Certificados de eficiencia energética previo y posterior para la Línea Verde.
- Documentación específica de instalaciones térmicas o renovables.
- Fotografías del estado inicial y de los trabajos ejecutados.
- Facturas y justificantes bancarios de pago.
- Certificados finales, actas y documentación de justificación.
La trazabilidad documental es especialmente importante. Los conceptos de las facturas, los pagos, las fotografías y las partidas ejecutadas deben ser coherentes con el proyecto, el presupuesto aceptado y la solicitud presentada.
¿Se puede combinar con otras ayudas o incentivos?
La compatibilidad debe analizarse caso por caso para evitar que dos ayudas financien el mismo coste. La convocatoria también contempla la posible obtención de ingresos adicionales mediante el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) para determinadas actuaciones que generen ahorros verificables.
Antes de acumular subvenciones, deducciones o ingresos derivados de los CAE, conviene comprobar su compatibilidad y el tratamiento fiscal aplicable con profesionales especializados.
Pasos recomendados para una comunidad de propietarios
- Comprobar la antigüedad, el uso residencial y la ubicación del edificio.
- Consultar si se encuentra en zona ZETU o ZIRE.
- Verificar que el Informe de Evaluación del Edificio está emitido y registrado.
- Identificar las deficiencias y mejoras prioritarias.
- Encargar el estudio energético y la documentación técnica necesaria.
- Definir una solución constructiva compatible con los ahorros exigidos.
- Aprobar la actuación y la financiación conforme a las reglas de la comunidad.
- Solicitar presupuestos suficientemente desglosados.
- Tramitar el título urbanístico y la solicitud dentro de plazo.
- Ejecutar y documentar la obra siguiendo el proyecto aprobado.
- Conservar facturas, pagos, fotografías y certificados para la justificación.
Servicios y contenidos relacionados
El Plan Rehabilita reúne actuaciones muy diferentes y no todas forman parte de los servicios ofrecidos por una misma empresa. Para ampliar información sobre trabajos concretos que sí aparecen en la web de Maceta y Cortafrío, pueden consultarse estos contenidos:
- Climatización en Madrid: instalación, sustitución y soluciones de climatización para viviendas, locales y oficinas.
- Impermeabilización y tratamiento de humedades en Madrid: información sobre filtraciones en cubiertas, terrazas y fachadas y tratamientos de impermeabilización.
- Reformas integrales en Madrid: planificación y coordinación de actuaciones completas en viviendas y espacios comerciales.
- Septiembre: aislamiento y climatización en Madrid: guía sobre mejoras de aislamiento y climatización antes del periodo frío.
La inclusión de estos enlaces no significa que Maceta y Cortafrío tramite el Plan Rehabilita Madrid 2026 ni que todas las actuaciones descritas en la convocatoria formen parte de sus servicios. La comprobación de requisitos, los documentos técnicos, la solicitud y la concesión corresponden a los profesionales y organismos competentes en cada caso.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar el Plan Rehabilita Madrid 2026?
El plazo oficial está abierto hasta el 30 de septiembre de 2026, inclusive.
¿Sirve para una vivienda situada fuera de Madrid capital?
No. Esta convocatoria pertenece al Ayuntamiento de Madrid y se aplica a edificios situados dentro de su término municipal. Para otros municipios deben consultarse las ayudas autonómicas o locales disponibles.
¿Puedo solicitarla para reformar únicamente el interior de mi piso?
El plan está orientado a la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas unifamiliares y elementos o instalaciones comprendidos en sus líneas. Una reforma interior ordinaria de carácter estético no genera por sí sola derecho a la ayuda.
¿Cambiar ventanas garantiza la subvención?
No. La actuación debe encajar en la convocatoria y, en la Línea Verde, contribuir a alcanzar los ahorros energéticos exigidos y acreditados. Deben comprobarse además el beneficiario, el edificio, el presupuesto y la documentación.
¿Puede solicitarla una comunidad si la obra ya ha empezado?
La convocatoria permite determinadas actuaciones en ejecución durante el plazo de solicitudes y actuaciones terminadas desde el 1 de enero de 2026. Es necesario comprobar todos los requisitos, el título habilitante y la documentación disponible.
¿La ayuda está asegurada si se presenta la solicitud?
No. Presentar una solicitud no implica su concesión. El Ayuntamiento debe comprobar el cumplimiento de las condiciones y dictar la resolución correspondiente.
Fuentes oficiales y aviso de actualización
- Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid: convocatoria Plan Rehabilita Madrid 2026.
- Decreto de 28 de mayo de 2026 y anexos publicados en el BOAM número 10.138, de 2 de junio de 2026.
- Portal Transforma Madrid: información, modelos, guía rápida, preguntas frecuentes y consulta ZETU-ZIRE.
Este contenido es informativo y no sustituye la revisión de la convocatoria, el asesoramiento técnico ni la resolución administrativa. Las condiciones pueden ser modificadas, aclaradas o desarrolladas por el organismo competente. Antes de contratar una actuación con el objetivo de recibir una subvención, comprueba la versión vigente de las bases y la situación concreta del expediente.