Mejorar el aislamiento, sustituir unas ventanas antiguas o reducir el consumo energético de una vivienda puede generar un ahorro continuado en las facturas. Además, determinadas actuaciones pueden acogerse a deducciones fiscales y programas públicos de rehabilitación.
Sin embargo, conviene aclarar una cuestión desde el principio: no todas las reformas de una vivienda permiten acceder a estas ventajas. Para beneficiarse de ellas, la obra debe producir una mejora energética objetiva, medible y correctamente documentada.
El asesor fiscal y divulgador especializado en finanzas personales Alejandro Ortiz, conocido en redes sociales como @fiscalidad_desdecero, ha llamado recientemente la atención sobre estas oportunidades y sobre la posibilidad de que algunos proyectos alcancen incentivos económicos relevantes.
A partir de esta información, desde Maceta y Cortafrío analizamos qué reformas pueden mejorar realmente la eficiencia energética, qué deducciones se encuentran vigentes en 2026 y qué debe preparar un propietario antes de iniciar las obras.
¿Es posible obtener hasta 21.400 euros por reformar una vivienda?
La cifra de hasta 21.400 euros difundida en relación con estas reformas no debe interpretarse como una ayuda general, garantizada o disponible para cualquier propietario.
En determinados supuestos, una actuación puede combinar:
– Una subvención pública para rehabilitación.
– Una deducción en el IRPF.
– Otros incentivos autonómicos o municipales compatibles.
– Beneficios asociados a actuaciones realizadas por una comunidad de propietarios.
El importe final dependerá de la convocatoria disponible, el coste subvencionable, el porcentaje de ahorro energético alcanzado, la situación del inmueble y la compatibilidad entre las distintas medidas.
Por tanto, antes de incluir una posible ayuda dentro del presupuesto económico de la reforma, debe comprobarse que existe una convocatoria abierta, que el solicitante cumple sus requisitos y que la actuación prevista puede acreditarse técnicamente.
Las tres deducciones estatales por eficiencia energética
La normativa estatal contempla en 2026 tres deducciones temporales en el IRPF para determinadas obras de mejora energética.
1. Deducción del 20 % por reducir la demanda de calefacción y refrigeración
Puede aplicarse cuando la reforma consiga reducir al menos un 7 % la demanda conjunta de calefacción y refrigeración de la vivienda.
La base máxima anual es de 5.000 euros, por lo que la deducción máxima puede alcanzar 1.000 euros.
La mejora debe demostrarse mediante la comparación entre el certificado energético anterior a las obras y el certificado expedido después de terminarlas.
Entre las actuaciones que podrían contribuir a esta reducción se encuentran:
– Sustitución de ventanas antiguas.
– Mejora del aislamiento de fachadas.
– Aislamiento de cubiertas o techos.
– Tratamiento de puentes térmicos.
– Mejora de la estanqueidad de la envolvente.
– Instalación de protecciones solares adecuadas.
No basta con ejecutar una actuación que normalmente se considere eficiente. El certificado energético debe confirmar que se ha alcanzado la reducción mínima exigida.
2. Deducción del 40 % por reducir el consumo de energía primaria no renovable
Esta deducción exige conseguir alguna de estas mejoras:
– Reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable.
– Alcanzar una calificación energética A o B.
La base máxima anual es de 7.500 euros, por lo que la deducción máxima puede llegar a 3.000 euros.
Este nivel de mejora suele requerir una intervención más completa. Dependiendo del estado inicial del inmueble, puede incluir aislamiento térmico, renovación de cerramientos, sustitución de equipos de climatización o incorporación de sistemas más eficientes.
Las obras acogidas a las deducciones individuales del 20 % y del 40 % pueden realizarse hasta el 31 de diciembre de 2026, de acuerdo con la normativa vigente.
3. Deducción del 60 % por rehabilitación energética de edificios residenciales
La tercera deducción está dirigida a propietarios de viviendas situadas en edificios de uso predominantemente residencial en los que se ejecuten obras de rehabilitación energética.
Para aplicarla, el edificio debe alcanzar:
– Una reducción mínima del 30 % en el consumo de energía primaria no renovable, o
– Una calificación energética final A o B.
La base máxima anual es de 5.000 euros. Las cantidades que excedan ese límite pueden trasladarse a los cuatro ejercicios siguientes, con una base acumulada máxima de 15.000 euros.
Esto significa que la deducción total máxima derivada de esta modalidad puede alcanzar 9.000 euros por contribuyente cuando se cumplen todos los requisitos y existe inversión suficiente.
Las obras de rehabilitación energética del edificio pueden realizarse hasta el 31 de diciembre de 2027.
El certificado energético antes y después de la reforma
El certificado de eficiencia energética es uno de los documentos fundamentales para acceder a estas deducciones.
En términos generales, se necesitan dos certificados:
1. Un certificado anterior al inicio de las obras.
2. Un certificado posterior que refleje el resultado alcanzado.
El certificado previo puede haberse emitido con anterioridad, siempre que no hayan transcurrido más de dos años entre su fecha de expedición y el inicio de las obras.
Ambos documentos deben ser emitidos por un técnico competente y registrarse conforme al procedimiento establecido.
Este requisito debe contemplarse desde la fase de planificación. Solicitar únicamente el certificado posterior puede impedir demostrar correctamente la mejora obtenida.
¿Qué reformas pueden mejorar la eficiencia energética?
Las actuaciones más adecuadas dependen de las características de cada vivienda, su antigüedad, orientación, sistemas instalados y comportamiento térmico.
Sustitución de ventanas
Cambiar ventanas antiguas por cerramientos con mejores prestaciones puede reducir las pérdidas de calor en invierno y limitar la entrada de calor durante el verano.
Para obtener un buen resultado deben valorarse conjuntamente:
– El material y las prestaciones del marco.
– El tipo de acristalamiento.
– La transmitancia térmica.
– El control solar.
– La permeabilidad al aire.
– La calidad de la instalación.
– El tratamiento de cajones de persiana y encuentros.
Una ventana eficiente mal instalada puede perder buena parte de sus prestaciones.
Aislamiento de fachadas y cerramientos
El aislamiento de paredes exteriores puede realizarse desde el exterior, desde el interior o mediante inyección en cámaras, cuando las características constructivas lo permitan.
La solución adecuada debe elegirse mediante un análisis técnico, ya que una actuación incorrecta puede provocar condensaciones, puentes térmicos o problemas de humedad.
Aislamiento de cubiertas y techos
Las viviendas situadas bajo cubierta pueden sufrir importantes ganancias y pérdidas térmicas. Mejorar el aislamiento de la cubierta puede aumentar el confort y reducir la necesidad de climatización.
Renovación de climatización y agua caliente
La sustitución de sistemas antiguos por equipos de mayor rendimiento puede reducir el consumo de energía primaria no renovable.
Dependiendo del inmueble, pueden estudiarse soluciones como:
– Bombas de calor.
– Aerotermia.
– Equipos de climatización de alta eficiencia.
– Sistemas de regulación y zonificación.
– Mejora de la producción de agua caliente sanitaria.
– Integración de energías renovables.
La conveniencia de cada sistema debe comprobarse mediante cálculo técnico y no únicamente por la eficiencia nominal del equipo.
Reforma energética integral
Cuando se pretende alcanzar reducciones del 30 % o una calificación A o B, normalmente resulta más eficaz combinar varias actuaciones.
Por ejemplo:
– Aislamiento térmico.
– Renovación de ventanas.
– Mejora de la estanqueidad.
– Sustitución de climatización.
– Sistemas de regulación.
– Incorporación de energía renovable.
La combinación adecuada dependerá del estado inicial de la vivienda y de la simulación realizada por el técnico certificador.
Reformas que normalmente no generan estas deducciones por sí solas
Una reforma exclusivamente estética no suele cumplir los requisitos de las deducciones energéticas.
Por ejemplo, no bastaría únicamente con:
– Cambiar azulejos.
– Renovar muebles de cocina.
– Pintar la vivienda.
– Sustituir puertas interiores.
– Instalar un nuevo suelo decorativo.
– Reformar un baño sin intervenir en elementos energéticos.
– Modificar la distribución interior.
Estas partidas podrían formar parte de una reforma integral más amplia, pero no generan automáticamente una mejora energética acreditable.
Tampoco dan derecho a las deducciones individuales las actuaciones realizadas en jardines, piscinas, instalaciones deportivas, garajes o trasteros, salvo los supuestos específicos previstos para intervenciones en edificios residenciales.
Cómo deben pagarse las obras
La normativa establece que los pagos deben efectuarse por medios que permitan identificar al destinatario.
Entre los medios admitidos se encuentran:
– Transferencia bancaria.
– Tarjeta de crédito o débito.
– Cheque nominativo.
– Ingreso en una cuenta bancaria.
Los pagos en efectivo no deben utilizarse para justificar estas deducciones.
También es indispensable conservar:
– Presupuestos aceptados.
– Contratos.
– Facturas detalladas.
– Justificantes bancarios.
– Certificados energéticos.
– Licencias o comunicaciones municipales.
– Resoluciones de concesión de subvenciones.
– Documentación técnica de los equipos y materiales.
Las cantidades subvencionadas mediante una ayuda pública deben descontarse de la base sobre la que se calcula la deducción fiscal.
Pasos para planificar una reforma energética correctamente
Para reducir riesgos, recomendamos seguir este procedimiento:
1. Analizar el estado energético inicial
Antes de elegir materiales o solicitar presupuestos, conviene conocer los puntos débiles de la vivienda: ventanas, fachada, cubierta, infiltraciones, climatización o agua caliente.
2. Obtener el certificado energético previo
Debe encargarse antes de comenzar las obras y dentro de los plazos admitidos por la normativa.
3. Definir el objetivo de mejora
El proyecto debe establecer si se pretende:
– Reducir un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración.
– Reducir un 30 % el consumo de energía primaria no renovable.
– Alcanzar una calificación A o B.
– Ejecutar una rehabilitación energética conjunta del edificio.
4. Diseñar las actuaciones
El técnico y la empresa de reformas deben coordinarse para elegir soluciones ejecutables que permitan alcanzar el objetivo energético.
5. Consultar las ayudas disponibles
Las subvenciones dependen de convocatorias concretas. Deben comprobarse antes de iniciar las obras, ya que algunos programas exigen presentar la solicitud previamente.
6. Ejecutar y documentar la reforma
Las facturas deben describir claramente los trabajos, equipos y materiales empleados. Los pagos deben realizarse por medios bancarios admitidos.
7. Obtener y registrar el certificado final
El certificado posterior debe demostrar la mejora energética obtenida y registrarse ante el organismo competente.
8. Revisar la fiscalidad
Antes de aplicar la deducción, es recomendable que un asesor fiscal compruebe la vivienda, el periodo impositivo, las bases máximas, la compatibilidad con subvenciones y la documentación justificativa.
¿Por qué planificar la eficiencia energética dentro de una reforma integral?
Incorporar las mejoras energéticas desde el inicio permite coordinar los trabajos, evitar duplicidades y aprovechar mejor la inversión.
Por ejemplo, durante una reforma integral puede ser más eficiente renovar las instalaciones, aislar determinados cerramientos y sustituir las ventanas antes de ejecutar los acabados finales.
Además de las posibles ventajas económicas, una intervención bien diseñada puede aportar:
– Mayor confort térmico.
– Menor consumo de calefacción y refrigeración.
– Reducción de infiltraciones de aire.
– Menor dependencia de sistemas de climatización.
– Mejora potencial de la calificación energética.
– Mayor atractivo de la vivienda en una futura venta o alquiler.
Reformas energéticas en Madrid con Maceta y Cortafrío
En Maceta y Cortafrío abordamos las reformas desde una perspectiva integral: distribución, instalaciones, aislamiento, cerramientos, climatización y acabados deben formar parte de una planificación coordinada.
Antes de ejecutar una reforma orientada a obtener ayudas o deducciones, es necesario estudiar técnicamente el inmueble y comprobar los requisitos administrativos y fiscales aplicables.
Nuestro trabajo como empresa de reformas consiste en ejecutar las soluciones previstas, coordinar las distintas partidas y documentar correctamente las actuaciones. La certificación energética, la tramitación de subvenciones y el asesoramiento tributario deben corresponder a profesionales competentes en cada materia.
Si estás estudiando una reforma integral o energética en Madrid, puedes solicitar una valoración inicial para analizar el alcance de las obras y organizar el proyecto antes de comenzar.
Preguntas frecuentes
¿Cualquier cambio de ventanas permite obtener una deducción?
No. La sustitución debe contribuir a alcanzar la mejora energética mínima exigida y esa mejora tiene que acreditarse mediante certificados energéticos.
¿Puedo combinar una subvención con una deducción fiscal?
En determinados casos sí, pero las cantidades subvencionadas deben descontarse de la base de la deducción. También hay que comprobar la compatibilidad establecida en cada convocatoria.
¿Necesito certificado energético antes de empezar?
Sí. Para acreditar la mejora se compara el certificado previo con el posterior. El certificado inicial debe cumplir el límite de antigüedad establecido.
¿Una reforma de cocina o baño puede beneficiarse?
Solo cuando incluya actuaciones que produzcan una mejora energética acreditable. La renovación puramente estética no da derecho por sí sola a estas deducciones.
¿Las ayudas están garantizadas?
No. Las subvenciones están sujetas a convocatorias, presupuesto disponible, plazos, requisitos y resolución administrativa.
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Créditos y fuentes: Este artículo parte de la información divulgada por Alejandro Ortiz, asesor fiscal y divulgador especializado en finanzas personales, conocido como @fiscalidad_desdecero, y recogida por Trendencias. El contenido ha sido ampliado, contrastado y redactado originalmente por Maceta y Cortafrío a partir de la normativa tributaria y la información oficial disponible en julio de 2026.
Aviso: Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento técnico, fiscal o administrativo personalizado. Las ayudas, plazos y requisitos deben comprobarse antes de contratar o iniciar las obras.
Fuentes :